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Conceptos 2025/04 8 min de lectura

Venta de cartera, traspaso y venta total: ¿cuál es la diferencia?

Cuando decides vender tu gestoría, una de las primeras decisiones es elegir la modalidad. No es lo mismo vender la cartera que traspasar el negocio completo o vender las participaciones de tu sociedad. Cada opción tiene implicaciones fiscales, legales y prácticas muy distintas.

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Jorge Tejero Zarca Director — TraspasaTuDespacho.es

Las tres modalidades principales

1. Venta de cartera de clientes

Se transmite el derecho a prestar servicios a los clientes actuales, sin transferir estructura empresarial. Ideal cuando el vendedor es autónomo sin empleados o cuando se vende solo una parte de los clientes.

Fiscalidad: Tributa como rendimiento de actividad en el IRPF (tipo marginal, hasta el 47%). Es la modalidad menos eficiente fiscalmente en importes elevados.

2. Traspaso del negocio como unidad

Se transmite la empresa completa: clientes, contratos, empleados, local y fondo de comercio. El comprador asume la actividad tal y como estaba funcionando. Ventaja: si se hace correctamente, no está sujeta a IVA (artículo 7.1 Ley del IVA).

3. Venta de participaciones de la sociedad

Los socios venden directamente sus participaciones de la SL. El comprador adquiere la empresa con todo su historial. Ventaja fiscal para el vendedor: la ganancia tributa en la base del ahorro del IRPF (19–28%). Riesgo para el comprador: asume todos los pasivos históricos.

¿Qué prefieren compradores y vendedores?

Resumen rápido

Más simple para el vendedor: venta de cartera. Más eficiente fiscalmente: venta de participaciones. Más seguro para el comprador: compra de activos. Más completo: traspaso como unidad económica.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre venta de cartera y traspaso?

En la venta de cartera solo se transmite el derecho a prestar servicios. En el traspaso del negocio se transmite todo: clientes, empleados, local y fondo de comercio.

¿Qué modalidad es más eficiente fiscalmente?

La venta de participaciones de la SL: tributa al 19–28% en la base del ahorro. La venta de cartera como autónomo puede llegar al 47% de tipo marginal.

¿La venta de una gestoría tiene IVA?

Si se transmite como unidad económica autónoma, no está sujeta a IVA. Si se venden activos de forma aislada, sí puede aplicarse el 21%. Cada caso debe analizarse con un asesor fiscal.

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